sábado, 16 de mayo de 2009

Nueva Ley de Radiodifusión

Objetivos:
La nueva ley se llamara "ley de servicios de comunicación", y segun anuncio la Presidente de nuestra Nacion "el objetivo es que todas las voces puedan ser escuchadas".
Fueron citados productores cinematograficos para que acerquen sus propuestas. Por otra parte, los sindicalistas consideraron que la ley de radiodifusión "es un tema pendiente" porque la actual ley no puede garantizar el derecho a la información y a la libertad de información mediante una norma surgida de la última dictadura.
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Punto aparte. Ahora hablemos desde el otro punto de vista , de lo que en realidad no hay que olvidarse al leer esta ley, al aceptarla o defenderla. Los ultimos proyectos del gobierno no han sido muy claros, ni desde lo politico (los candidatos testimoniales) ni desde lo social( la 125). El presidente de la Convencion Nacional de la Union Civica Radical ,Hipólito Solari Yrigoyen ,lo mira desde el otro lado desde la realidad.
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Los derechos humanos hay que defenderlos en todo tiempo y lugar. Más aún, cuando ellos están amenazados, cercenados o desconocidos. Su promoción y protección es responsabilidad primordial de los gobiernos. Entre estos derechos se encuentran las libertades de opinion y de expresión. Ambas, como todos los derechos humanos, son universales, indivisibles e interdependientes, y están relacionados entre sí.

Las libertades de opinión y de expresión figuran en el vértice de la pirámide jurídica de la legislación argentina. Fue así en la Constitución de 1853, pero con más razón, después que la Argentina se incorporó a las Naciones Unidas y aceptó como obligatoria la Carta aprobada en el Tratado de San Francisco. La reforma constitucional de 1994 incorporó explícitamente la primacía de los tratados internacionales.

La libertad de opinión es un derecho absoluto y, por lo tanto, nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. La libertad de expresión, por su parte, es un derecho que tienen todas las personas y comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones de toda índole, sin consideración de fronteras. El ejercicio de este derecho de expresión entraña deberes y responsabilidades y no puede sufrir restricciones que no estén expresamente fijadas por la ley y ser absolutamente necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o a la protección de la seguridad nacional, el orden público, o a la salud o la moral públicas. No basta invocar la necesidad de tal protección; ella tiene que ser real y probada, y nunca las restricciones de tales características pueden llevar al desconocimiento del derecho de expresión.

En la Argentina, el ejercicio de la libertad de opinión en frecuentes ocasiones provoca molestias y temores, y la libertad de expresión sufre restricciones. En muchas provincias, la prensa no es libre, en la medida en que vive de la publicidad oficial y los gobernantes la distribuyen entre los medios que son complacientes y silencian críticas. Esto desemboca en autocensuras. Por lo general, son los propios gobernantes quienes amedrentan a los periodistas que se mueven con independencia. Se rigen por el principio totalitario de que quienes no son sus amigos son sus enemigos.

Tanto el anterior presidente como ahora la señora Cristina Fernández de Kirchner han hecho de las críticas y hasta de los agravios a la prensa independiente una práctica frecuente en sus discursos. El problema no es que se legisle sobre el tema, sino cómo se lo haga. Todos tenemos la obligación de velar para que la futura ley elimine las restricciones existentes a estos medios de comunicación y garantice el pleno ejercicio de las libertades de expresión y de opinión.
Autor: Hipólito Solari Yrigoyen (Presidente de la Convención Nacional de la Unión Cívica Radical)